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Una aproximación del contexto paraguayo al ejercicio de un Derecho Humano consagrado por la Constitución paraguaya con la ausencia de una política pública de Acceso a la Información que genere responsabilidad social. |
EL ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA Y LA AGENDA DE LOS MEDIOS
La peor política pública es la que no existe, Paraguay no tiene una ley de acceso a la información pública.
El Articulo 28 de la Constitución Nacional establece el derecho a informarse. “Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo”
El derecho de acceso a la información pública es también un derecho humano porque tiene un capital social que busca disminuir la corrupción, pasar de la eficiencia a la eficacia en las instituciones del servicio público y mejorar la calidad de vida de las personas.
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (Pacto San José de Costa Rica). Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión: “…Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
Mayor información = mejor calidad de vida
Pero no abundan espacios propios para debatir y abogar por el acceso a la información pública, por lo que felicito a los organizadores de este Congreso el tiempo y espacio que están dedicando al tema.
No existen parámetros para decidir cuál debe ser el modelo único o paradigmático de una ley de acceso a la información como, lo sostiene Ernesto Villanueva.
Pero es fundamental no perder de vista lo que se está haciendo en el mundo y la región para construir nuestra visión local compartida y cosmopolita.
En los medios de comunicación en nuestro país, así como en el imaginario colectivo de muchos periodistas existe más temor y desconfianza que esperanza para acceder mejor y más fácilmente a la información pública cuando se aborda el tema.
Existe poca información sobre las bondades del pleno ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública pero la misma no ha sido lo suficientemente socializada para divulgar esas bondades que trae para el ciudadano y ciudadana.
La información y la comunicación son cuestiones transversales a todo tipo de actividad, cualquier actividad humana genera información y a la vez genera un grupo de interés que tiene derecho a acceder a esa información.
La Información Pública es un Derecho Humano, y tiene jerarquía constitucional porque todos los ciudadanos y ciudadanas tenemos derecho a saber:
¿Cómo los funcionarios públicos manejan los asuntos públicos?,
¿Qué decisiones toman, qué destino le dan al dinero del Estado o qué hacen o dejan de hacer con los recursos del Estado?.
El concepto de Información Pública implica o presume que toda información generada por los órganos de la administración del Estado (salvo excepciones establecidas por leyes de quórum calificado), deben ser accesibles a la ciudadanía, según la Ley de Transparencia de Chile.
Es importante tener presente qué es información pública en el ejercicio de la función pública, nuestra Constitución consagra este derecho, pero no está reglamentada, hay un proyecto de ley presentado por el entonces diputado Rafael Filizzola que no tuvo hasta hoy los votos suficientes para convertirse en ley.
México tiene una ley desde hace 10 años de transparencia y acceso a la información, consagrando que toda información en manos del estado es publica, la reserva y la confidencialidad son actos de excepción, y en cualquier interpretación sobre la misma primara el principio de publicidad y disponibilidad.
En la Argentina, este derecho tiene jerarquía constitucional. Y en la ciudad de Buenos Aires está vigente la Ley 104, que obliga a los entes estatales porteños a contestar en un plazo de 10 días los pedidos de información que les haga cualquier persona.
La única formalidad es cumplimentar una solicitud por escrito y llevar la firma. Este derecho es una herramienta apta para conocer la gestión pública, desaprovechada por la gente común y en Paraguay lastimosamente no puede ser usufructuada en su plenitud porque no está reglada.
El derecho a la información pública es un medio o instrumento para el ejercicio de otros derechos, por eso es un derecho fundamental inherente a todo ser humano. Es el derecho que tengo yo de saber.
El conocimiento de este derecho por sectores que no tienen otros canales para acceder a información o contactarse con el Estado para promover la equidad y el acceso a otros derechos, es fundamental.
Muchos de ustedes se preguntarán para qué a alguien no especializado quiere conocer los asuntos públicos. Qué le puede aportar al ciudadano común meterse en las cuestiones del Estado.
Y aquí quiero traer a colación que la información pública y el derecho de acceso a ella no solo tienen que ver con las malversaciones de fondos o negociados en las contrataciones, que tienen los espacios suficientes en los medios de comunicación, y si son malversaciones de fondos públicos, sí, tenemos derecho a conocer, en este caso para poder ejercer, por ejemplo, el derecho a elegir con la información necesaria.
Pero el acceso a la información pública también tiene que ver con la información que necesita el ciudadano o la ciudadana para acceder a otros derechos, para mejorar sus condiciones de vida, para mejorar el acceso a la justicia por ejemplo.
Y en el caso de los magistrados, abogados y futuros auxiliares de la justicia, el acceso a la información pública es determinante para el acceso a la justicia. No se puede utilizar el derecho que no se conoce, no se puede acceder a un servicio de justicia cuando no se conoce.
Por ejemplo: una información pública que tiene directa relación con los juicios de filiación. La Corte Suprema de Justicia destina un promedio de 5 millones de guaraníes para cada caso de demanda de filiación en los que el juzgado solicita su realización, y la parte se declara insolvente y por supuesto lo demuestra. El año pasado se destinaron 300 millones de guaraníes para 100 causas tramitadas. Cuántos juicios de filiación están en los despachos y cuántos no se iniciaron por problemas económicos. El derecho de muchos niños y niñas esta varado porque esta información no ha sido divulgada, está en la página web, está en el informe de gestión pero estos canales no tienen el poder de la televisión, de la radio y medios de prensa.
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Otro ejemplo, una pregunta, cuántas personas de las que están aquí en el salón conocen cual es el Juzgado de Paz de la Capital que está de guardia esta semana para recibir las denuncias de violencia doméstica.
Está en la página web, está en nuestros afiches. Pero no tenemos el poder de los medios.
Si le damos un vistazo a la agenda de los medios, impresos, digitales, radiales o televisivos, no vamos a encontrar este tipo de información para la ciudadanía.
La Corte Suprema de Justicia desde el año pasado implemento un sistema de guardia de los juzgados de paz para la atención a las denuncias de violencias domesticas las 24 horas todos los días de la semana, incluyendo sábados y domingos, y esas denuncias son recepcionadas por la oficina de atención permanente. El servicio no se conoce, el servicio no se utiliza. Y como lo dice el maestro catalán Joan Costa, “lo que no se conoce no existe”.
Esta es la otra faceta del derecho a la Información Pública como un derecho humano cuya eficacia nos debemos plantear como un desafió, desde las instituciones públicas: el desafío de socializar y compartir información.
Desde la ciudadanía el ejercicio de demandar este tipo de información no solo a las instituciones sino también a los medios de comunicación.
Para lograr el máximo objetivo de la administración de la justicia que es dar a cada uno lo suyo, es fundamental el acceso al servicio público de justicia y para ello es indispensable el acceso a la información.
Pero cómo hacerlo siempre es la gran pregunta que buscan responder los gabinetes de comunicación y consultorías, PORQUE LA RESPUESTA LO TIENEN LOS RAINTING. La agenda de los medios está construida en base al rating, todo lo que no registra el rating no existe y yo como empresaria de la comunicación haría lo mismo porque ese es mi negocio.
Pero, los ciudadanos paraguayos y paraguayas tenemos cómo ejercer nuestro derecho de acceso a la información sobre la radio y la televisión, a través de la concesión del espectro radio magnético que se renueva cada 10 años, en esa concesión el Estado puede velar por este derecho y establecer condiciones, ante esas concesiones la ciudadanía puede demandar al Estado que vele por este derecho.
La construcción de una agenda de comunicación con los medios es determinante para nuestra sociedad. No se imaginan los Medios como podrían contribuir con el Derecho a la Información si pasaran 3 veces al día los datos del juzgado que está de guardia para denunciar violencia doméstica y maltrato a niños y niñas, en lugar de pasar tres veces la crónica del mismo asesinato o violación.
Pero como construir esta conciencia compartida tanto de los medios como de la sociedad y las instituciones es un proceso que ya tiene un punto de partida un derecho humano fundamental, un reconocimiento constitucional del mismo, una necesidad real de la ciudadanía, nos falta un paso más, la ley que nos ampare o depare información.
En este contexto, es importante señalar la necesidad de que los magistrados abogados y todos los actores de la justicia entiendan la importancia de su labor para la comunidad y la importancia de comunicar los actos de justicia, el país tiene sed de justicia y todas las señales que podamos comunicar por los canales que se puedan contribuirán a mejorar el acceso a la JUSTICIA. TAMBIEN ES FUNDAMENTAL QUE LA Información COMUNIQUE, CUÁNDO COMUNICA?, CUANDO EL LENGUAJE ES ENTENDIDO, CUANDO NOS PONEMOS EN EL LUGAR DEL OTRO.
Para comunicar los actos de justicia es necesario implementar un leguaje amigable, que la gente le entienda, hoy el lenguaje que funciona es el que comunica, si no comunica no sirve.
En el mes de julio participé en un Taller sobre Cultura de Paz en Cartagena, DONDE EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE JUSTICIA, Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PRIMERO REGISTRAN experiencias positivas como las de Uruguay, porque desde fines del año pasado tiene vigente la ley sobre transparencia, y se demostró cómo noticias periodísticas construidas sobre la base de pedidos de acceso a información pública pusieron en la agenda MEDIATICA TEMAS COMO LOS MENCIONADOS a lo largo de esta ponencia y han comenzado a generar cambios en la políticas estatales.
En conclusión hace falta una política pública de acceso a la información, es necesario divulgar este derecho humano para el disfrute de otros derechos. Y en este contexto es fundamental el compromiso de todos y todas, instituciones públicas, sociedad civil y periodistas, para el ejercicio diario de este derecho.
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